Ponencia leída en el 1 Encuentro Internacional de Defensores y Víctimas de Graves Violaciones a los Derechos Humanos el día 21 de noviembre en Nochixtlán, Oaxaca
Comisión de la Verdad: una necesidad impostergable
Se habla de justicia transicional desde el nuevo gobierno y si bien puede ser una buena iniciativa para resolver las graves violaciones a los derechos humanos también corre el riesgo de volverse una simulación que intente, de manera torpe, legitimarlo.
El punto central para que funcione este proceso y responda a las exigencias de las millones de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y que esté en concordancia con los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos es que las víctimas, los familiares de víctimas, las organizaciones de derechos humanos, populares, indígenas, los expertos en la materia, académicos, intelectuales y periodistas comprometidos participen activamente en una consulta nacional que nos oriente qué justicia transicional queremos, es decir que no basta con que el futuro gobierno, después de haber escuchado a las víctimas, la presente públicamente y espere que, sin tramite o discusión alguna, sea avalada por las víctimas y las organizaciones, un requisito desde los derechos humanos es que se consulte ampliamente.
Quienes por años hemos participado y elaborado propuestas de Ley para intentar dotar de una marco jurídico que responda a las exigencias de las víctimas y esté en concordancia con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, sabemos que sin la participación amplia de la sociedad en la elaboración y discusión de cualquier Ley o proceso como el que se avecina, éstos no corresponderán a las necesidades reales de las víctimas. Se deben establecer mesas de trabajo con las víctimas y las organizaciones de derechos humanos y populares para que realmente se responda a las exigencias y necesidades de las víctimas.
Aportes para la discusión y el debate.
Las comisiones de la verdad históricamente se han propuesto investigar y develar los hechos ocurridos en determinado lapso de tiempo lo que incluye no sólo garantizar el derecho humano a la verdad a las víctimas sino también evidenciar las políticas económicas, sociales y de seguridad que fomentaron, permitieron o facilitaron las graves violaciones a los derechos humanos, así como las personas, grupos e instituciones que se vieron beneficiados por éstas para que lo que sucedió nunca más vuelva a suceder.
La comisiones de la verdad son una de las formas, desde las perspectiva de los derechos de las víctimas, de intentar garantizar el derecho a la verdad, tomando en cuenta que este derecho se debe tratar en su integralidad, es decir, en su interdependencia con el derecho a la justicia, a la memoria, la reparación integral del daño y las medidas de no repetición.
Las comisiones de la verdad surgen, por lo general, por la exigencia de los pueblos de conocer lo que sucedió en un determinado periodo histórico y están mediadas también por la voluntad política de los gobiernos para develar la verdad de los hechos acontecidos. Una comisión de la verdad sin la voluntad política real del gobierno se convierte en una instancia que simula buscar la verdad y que sirve para tratar de legitimar a las nuevas autoridades.
Las comisiones de la verdad, cuando son producto de la exigencia y de la lucha de los pueblos buscan también no sólo develar quiénes son los perpetradores de las graves violaciones a los derechos humanos sino también se propone reivindicar la memoria de las víctimas: quiénes son, porqué luchan y sus reivindicaciones o demandas políticas.
Las comisiones de la verdad, sobre todo en Latinoamérica se dan en un contexto del fin de las dictaduras militares, dictaduras cívico militares o de gobiernos militarizados y en Centroamérica, específicamente, tras la firma de paz de los diferentes movimientos guerrilleros con sus respectivos Estados.
En México, si bien no existe formalmente una dictadura militar o dictadura cívica militar, la política del Estado mexicano en materia de seguridad lo llevó a declarar en el año 2006 la “guerra contra el narcotráfico”, la cual, por la cantidad de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos que ha generado se puede equipar con muchos de los periodos de dictaduras militares que padeció Latinoamérica.
Tras la llamada “guerra contra el narco”, frase que esconde una política de terrorismo de Estado (que sigue vigente hasta este 2018), el Estado mexicano cometió múltiples y graves violaciones a los derechos humanos contra la población. Según cifras oficiales, cerca de 250 mil personas fueron ejecutadas y 38 mil personas fueron desaparecidas. Datos que, justo es decir, no hacen la diferencia entre los actos cometidos por el Estado por comisión, omisión y aquiescencia (violaciones a los derechos humanos) y los actos cometidos por particulares (delitos). Cifras oficiales que no muestran a cabalidad la cantidad de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y tortura a la que fueron cometidos miles de ciudadanos y que han sido denunciadas por diversos organismos internacionales y nacionales derechos humanos, movimientos populares e indígenas y colectivos de víctimas. Hablamos de que en México existen cerca de 30 millones de víctimas directas e indirectas producto de las políticas de “seguridad” de, al menos, los tres últimos gobiernos neoliberales.
En México existen miles de casos documentados de graves violaciones a los derechos humanos en contra de la población como las masacres, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales, la tortura, la tortura sexual, las detenciones arbitrarias, las amenazas de muerte, por mencionar las más graves.
En México también existen miles de casos de personas defensoras de derechos humanos y luchadores sociales víctimas de desaparición forzada, víctimas de ejecución extrajudicial y amenazas de muerte que por luchar por justicia y democracia han sido víctimas de estas graves violaciones a los derechos humanos.
La política de seguridad que Calderón llamó como “guerra contra el narcotráfico” y que tiene como antecedente la política de seguridad de Vicente Fox y que, hasta la fecha, continúa bajo el gobierno de Peña ha profundizado la polarización social y ha exacerbado la ruptura del tejido social.
El futuro nuevo gobierno tiene, como uno de los muchos retos históricos, el deber de terminar con la política de seguridad de los gobiernos neoliberales anteriores, lo que implica abandonar el terrorismo de Estado como primer paso para poder garantizar el derecho a la seguridad de la población y desmontar las estructuras militares y paramilitares.
La voluntad política del nuevo gobierno no sólo se tiene que ver reflejada en el cambio de política de seguridad sino también en adoptar las políticas que permitan garantizar los derechos de las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos cometidos en dos grandes periodos en los que se cometieron graves violaciones a los derechos humanos:
1.- Primer periodo: 1968-1988.
Esta comisión de la verdad tiene que atender la demanda histórica de conocer el paradero real de TODAS las víctimas de desaparición forzada en el contexto de la llamada “guerra sucia”
2.- Segundo periodo: 1988-2000.
Esta Comisión de la verdad tiene que atender las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el periodo de lucha contrainsurgente contra El EZLN y el EPR, principalmente en los Estados de Chiapas, Oaxaca y Guerrero.
3.- Tercer periodo: 2000-2018.
Esta comisión tendrá que atender la demanda de dar a conocer el paradero real de las víctimas de desaparición forzada en el país. Para ello se deberá de contemplar principalmente dos tipos de poblaciones víctimas del periodo del PRIAN:
a. Las víctimas que por su militancia política o por su labor de defensa de los derechos humanos son víctimas de desaparición forzada, ejecución extrajudicial y amenazas de muerte.
b. Las personas que sin tener una participación o militancia política disidente al gobierno en turno son víctimas de desaparición forzada, ejecución extrajudicial y amenazas de muerte.
Para ello, es necesario una Comisión de la verdad que este conformada a su vez por varios subcomités o en su caso varias comisiones de la verdad que puedan atender las diferencias temporales, geográficas, de población y de intencionalidad respecto a las graves violaciones a los derechos humanos cometidos en los tres periodos antes mencionados.
Por eso es necesario una comisión de la verdad que contemple entre otros aspectos, los siguientes:
1.- Comisión de la verdad que tenga como objetivos:
1. Investigar y esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de las personas defensoras de derechos humanos y luchadores sociales que han sido víctimas de desaparición forzada, ejecución extrajudicial y amenazas de muerte en los tres periodos señalados.
2. Establecer antecedentes, patrones, circunstancias, sistematicidad y contexto respecto a las graves violaciones a los derechos humanos en los periodos mencionados.
3. Establecer el paradero real de las víctimas de desaparición forzada que por su actividad política son víctimas de graves violaciones a los derechos humanos en los periodos mencionados.
4. Establecer qué políticas de Estado y quienes fueron los perpetradores de las graves violaciones a derechos humanos en los periodos mencionados.
5. Establecer las medidas de reparación integral del daño de las víctimas en los periodos mencionados.
6. Establecer las medidas legales y administrativas para garantizar las medidas de no repetición.
7. Mencionar los delitos cometidos y las violaciones a los derechos humanos cometidas por parte de los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos y turnarlos a la autoridad competente para garantizar el derecho a la justicia.
La comisión de la verdad tiene que contar con diversas áreas y grupos de trabajo. De primera instancia, incluir la participación de las víctimas, de expertos nacionales e internacionales en derechos humanos, movimientos populares y represión política, organizaciones de derechos humanos, personalidades de amplia trayectoria y periodistas honestos y, en segunda instancia, deben participar representantes de los tres poderes del Estado: Ejecutivo, legislativo y judicial.
Elementos fundamentales a tomar en cuenta:
Sistema Universal de los Derechos Humanos
Hay que tener claridad que desde el Sistema Universal de los Derechos Humanos sólo el Estado viola derechos humanos, entendiendo al Estado como el conjunto de diferentes órganos de gobierno, conformado por todos aquellos agentes del Estado y que desde este marco de los derechos humanos los particulares, cuando no tienen el consentimiento, la autorización o la aquiescencia del Estado, solo cometen delitos (por muy graves que éstos sean). Es decir, que cuando uno o varios agentes del Estado comete un acto que atenta contra la integridad física y psicológica de las personas o atenta contra sus bienes, está cometiendo una violación a los derechos humanos, la cual puede estar tipificada en el marco jurídico nacional como un delito, aunque también, cabe la posibilidad de que la violación a los derechos humanos no esté reconocida como un delito en la legislación local o nacional.
Este aspecto es de suma importancia para el funcionamiento de la comisión de la verdad puesto que se tiene que distinguir qué hechos constituyen violaciones a los derechos humanos (reconocidos como delitos o no en la legislación local o nacional) y qué hechos se constituyen sólo como delitos.
En el primer caso estamos hablando de aquellas masacres, desapariciones, ejecuciones, tortura, desplazamiento forzado que fueron cometidos por agentes del Estado o por particulares con el consentimiento, la autorización o la aquiescencia del Estado.
En este primer caso las violaciones a los derechos humanos por parte del Estado pueden haber sido cometidas por comisión (cuando lo ordena), por aquiescencia (cuando comete la violación a los derechos humanos a través de particulares) o por omisión (cuando incumple con sus obligaciones de protección con la sociedad y permite que particulares cometan delitos.
En el segundo caso estamos hablando de aquellas masacres, desapariciones, ejecuciones, tortura, desplazamiento forzado que fueron cometidos por particulares sin el consentimiento la autorización o la aquiescencia del Estado.
Esta diferenciación entre violación a los derechos humanos y delito o entre la conducta ejercida por agentes del Estado y la conducta cometida por particulares debe estar presente en los mandatos que tenga la Comisión de la Verdad, puesto que equiparar violaciones a los derechos humanos con delitos a manos de particulares tiene como consecuencia diluir la responsabilidad del Estado en las violaciones a los derechos humanos.
La Comisión de la Verdad debe tener claridad que una cosa son las violaciones a los derechos humanos y otros los delitos cometidos por particulares y que la forma de abordar ambos hechos, así como los objetivos y la metodología son distintos.
Sería un grave error equiparar la responsabilidad del Estado con la responsabilidad de los particulares. El ampliar el concepto de violación a los derechos humanos a todas las personas sean parte o no del Estado, no sólo no tiene correspondencia con el Sistema Universal de los Derechos Humanos, sino que le quita responsabilidad y obligación al Estado y le dota de una responsabilidad y obligación a los particulares que sólo tiene el Estado, es decir, la concepción de que todos violamos derechos humanos, lejos de garantizar la protección de los derechos tiene como consecuencia la privatización de los mismos.
Desde el pensamiento neoliberal la privatización de los derechos humanos se fundamenta en la teoría del “Estado fallido” o Estado ausente”, la cual nos dice que el Estado al fallar con su obligación de protección permite que otros actores; llámese narcotráfico o delincuencia organizada llenen los espacios que ha dejado el Estado y se constituyan en pequeños “Estados” por lo cual también deben tener obligaciones como si fueran Estados y por lo tanto también deben ser sancionados como si fueran “Estados”.
Sin embargo la documentación de las violaciones a los derechos humanos en México ha demostrado que el Estado, lejos de debilitarse, de estar ausente o de ser fallido es un Estado que se ha militarizado y paramiltarizado y que no sólo viola los derechos humanos por comisión; directamente a través de las fuerzas militares y policiales, sino que también ha privilegiado la violación a los derechos humanos por aquiescencia, es decir, que ha violado los derechos humanos a través de grupos de particulares, es decir a través de muchos de los grupos del narcotráfico o del crimen organizado.
Sin esta claridad conceptual y metodológica se corre el riesgo no sólo de diluir la responsabilidad estatal en cuanto la autoría de las graves violaciones a los derechos humanos, sino que al diluir también se permite una salida de impunidad para los perpetradores y sobre todo no permite generar las políticas estatales de sanción y no repetición.
Tribunal Penal Internacional
Existe otro marco internacional diferente al Sistema Universal de los Derechos Humanos, nos referimos a la Corte Penal Internacional, la cual sí puede juzgar a particulares y a miembros del Estado, pero bajo la figura de crimen. “La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de los siguientes crímenes: a) El crimen de genocidio; b) Los crímenes de lesa humanidad; c) Los crímenes de guerra; d) El crimen de agresión.”
La Corte Penal Internacional puede juzgar a funcionarios del Estado y a particulares que hayan cometido los crímenes antes descritos y definidos en el Estatuto de Roma siempre y cuando el país haya firmado y ratificado la jurisdicción de la Corte.
En el caso de México también la comisión de la verdad debe tener claridad respecto a la diferencia entre delito, violación a los derechos humanos y crímenes puesto que sin esa claridad difícil será garantizar el derecho a la verdad y avanzar en garantizar el derecho a la justicia.
Conclusiones:
La comisión de la verdad deberá centrarse en develar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por el Estado mexicano en contra de su población y debe tomar en cuenta las particularidades respecto al tipo de población afectada, por ejemplo, las graves violaciones a los derechos humanos de los luchadores sociales o de las personas defensoras de derechos humanos.
La investigación y la documentación de las graves violaciones a los derechos humanos por parte de la Comisión de la Verdad serán de vital importancia para dimensionar la magnitud del terror que vive el pueblo de México y con ello dar un primer paso para garantizar la justicia y la reparación integral y las medidas de no repetición.
En el caso de que la Comisión de la Verdad encontrara elementos suficientes para considerar que también se cometieron crímenes tal y como lo establece el Estatuto de Roma deberá también develar las razones políticas y económicas de dichos crímenes así como desnudar la política de seguridad que permitieron o impulsaron que se cometieran tales crímenes, así como sus perpetradores materiales e intelectuales y las víctimas que afectaron.
De la voluntad política del futuro gobierno y de la lucha de las víctimas y organizaciones dependerá de que la Comisión de la Verdad contribuya realmente a la transformación social y a que los días y noches de terror en el que vive el pueblo de México encuentre su fin.
Comité Cerezo México
Noviembre 2018