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Resumen del Caso de Emmanuel Hernández Hernández

Detenido el 23 de noviembre de 2009

Miércoles 25 de noviembre de 2009, por Comité Cerezo México


Resumen del Caso de Emmanuel Hernández Hernández

El día 17 de noviembre de 2009 a las 11:45 am se presentaron dos sujetos vestidos de civil en su domicilio ubicado en la 1era cerrada del Camino Viejo a Mixcoac, pueblo de San Bartolo Ameyalco, delegación Álvaro Obregón, quienes preguntaron por Emmanuel, quien salió a ver qué se les ofrecía, le mencionaron que había un asunto judicial y que tenían que llevarlo para que firmara unos documentos, le preguntaron si no tenía un familiar para avisarle, Emmanuel refirió que no tiene padre y que su madre había fallecido, que sólo tenía un hermano, pero este era menor de edad.

Le pidieron que se subiera a la patrulla que estaba estacionada cerca, qué él ya sabía que tenía un problema jurídico y que mejor no opusiera resistencia, de ahí fue llevado a ala casa de su pareja a quién le comentaron que se lo llevarían al Reclusorio Norte, posteriormente es trasladado a un lugar que Emmanuel no puede precisar donde un juez le pidió que firmara un documento para poder ingresarlo al Reclusorio Norte, Emmanuel se negó y el juez le comentó que de todos modos se iba al RENO.

A las 15:16 horas, algunos de sus amigos estaban en el RENO esperando para verificar que efectivamente fuera ingresado, sin embargo aun no tenían noticias de él, por lo cual se comunicaron con la organización de Derechos Humanos Comité Cerezo México, quienes llamaron a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para levantar una queja por presunta desaparición forzada, ya que habían pasado tres horas sin que fuera presentado ante un Ministerio Público.

A las 16:00 Emmanuel es ingresado a la garita del RENO, por lo cual se da por concluida la queja ante la CDHDF.

ANTECEDENTES

Detención ilegal

(Relatoría realizada por Emmanuel Hernández Hernández en abril de 2006)

El 16 de marzo de 2006 me dirigía a la marcha con motivo del IV Foro mundial del agua en compañía de 9 compañeros de la Escuela Nacional Preparatoria #8 en la cual estudian.

Al salir de la estación del metro Insurgentes, alrededor de las 15:15, por la salida hacia la Avenida Chapultepec, fuimos interceptados por individuos vestidos de civil, los cuales jamás se identificaron, sometiéndonos y despojándonos de nuestras pertenencias, minutos después arribaron políticas del metro y policías auxiliares a los cuales fuimos entregados, otras personas vestidas de civil comenzaron a tomarnos fotografías, cuando bajábamos la cabeza para evitar las fotografías nos daban bofetadas y éramos insultados.

Nos informan que vamos a ser trasladados junto con otros jóvenes que habían sido detenidos dentro de la Glorieta de los Insurgentes, al momento de subirnos al camión de granaderos nos percatamos que nuestras pertenencias estaban en el suelo mezcladas con objetos que no eran nuestros.

Tratos crueles, inhumanos y degradantes

Nos bajan del camión para ingresarnos a la Agencia 50 del Ministerio Público (en ese momento no sabíamos dónde estábamos) nos mantuvieron con los brazos levantados y viendo hacia la pared alrededor de tres horas, si bajábamos los brazos nos golpeaban en las costillas, en el caso de las mujeres, les jalaban el cabello, entró un policía judicial muy prepotente con una cámara, nos volteaba de uno en uno y nos decía que guardáramos nuestras pertenencias.

Cuando fue mi turno, al lado de mis pertenencias había dos botellas con un líquido obscuro en su interior, las cuales me indicaron que guardara, al negarme, comenzaron a amenazarme con que me iban a dar una “calentadita” o qué si quería valer madres, temeroso de mi integridad física accedí a guardar dichas botellas.

Momentos después tomaron mis huellas digitales en unas fichas, terminando, me metieron en un cuarto donde nuevamente empezaron a grabar y hacer preguntas como: “¿A qué grupo perteneces?, ¿quién es tu líder?, ¿Cuál es tu función dentro del grupo?, ¿quién te enseñó a fabricar las bombas molotov?”, a las que respondí, que no pertenecía a ningún grupo, no tengo líder y simplemente soy estudiante y me preocupa que los recursos naturales sean privatizados y jamás he fabricado bombas molotov.

Nuevamente comenzaron a amenazarme –“tienes que decir al menos que fuiste tu quién fabricó las bombas o te vamos a partir toda tu madre pinche mugroso”- como no accedí, las amenazas fueron subiendo de tono –“o qué puto, quieres ir a la pecera del amor, quieres sentir rico un rato”- la grabación comenzó de nuevo, les dije que yo había fabricado las bombas (aunque esto no es cierto), me sacaron de la habitación e ingresaron a otro compañero.

Fueron llegando más detenidos, en su mayoría golpeados, nos formaron en hileras y nos bajaron a los separos y en grupos de tres en tres nos llevan en medio de las celdas, donde la cámara no alcanza a grabar y nos ordenó que nos desnudáramos y obligó a un compañero a hacer sentadillas, después pasaron a las mujeres a quienes también desnudaron, en el transcurso de la noche fueron llegando más detenidos.

Nos mantuvieron sin agua y sin alimento hasta la llegada de personas que dijeron eran de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, quienes recabaron nuestros datos y tomaron medidas de las marcas de los golpes que nos habían ocasionado los policías, esto quedó asentado en el oficio 2/7485-06.

En el momento en que salieron los de la CDHDF nos dicen que rindamos nuestra declaración para liberarnos, nos reservamos nuestro derecho a declarar ya que no nos habían notificado de qué delito se nos acusaba y no teníamos un abogado de confianza.

Después de 24 horas de incomunicación nos permiten realizar una llamada pero antes de marcar nos advierten que sólo podíamos decir que estábamos bien de lo contrario nos cortarían la llamada.

Nos trasladan con el médico legista quién no asentó ninguna de las lesiones que presentábamos, alrededor de las 16:00 nos liberan sin pago de fianza y nos dicen que no hay averiguación previa en nuestra contra.

Posteriormente nos llega un citatorio para presentarnos el día 22 de marzo a recoger nuestras pertenencias, ese día recogí mi mochila, mi cuaderno y mi chamarra y ahí nuevamente nos presionan para que nos llevemos otros objetos como un cinturón con estoperoles y dos botellas de cerveza, las cuales dijimos no eran nuestras.

Emmanuel Hernández Hernández


Situación jurídica

Causa: 67/07

Indiciado: Emmanuel Hernández Hernández

Delito: Previsto en el artículo 83, fracción III, en relación con el 11, inciso h) (portación de bombas molotov) de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, considerado como grave por la fracción III, inciso 1), del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos penales.

Juzgado: Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el DF

juez: Lic. José Miguel Trujillo Saucedo

Ubicación: Reclusorio Norte

16 de marzo de 2006, aproximadamente a las 16:00 fueron detenidas, por policías preventivos, 13 personas, entre ellas al C. Emmanuel Hernández Hernández, en la puerta de la explanada que da a la Glorieta Insurgentes a quiénes supuestamente se les encontraron objetos para agredir.

17 de marzo de 2006, a las 14:30 se le toma su declaración, quién se reserva su derecho a declarar.

Con esa misma fecha, a las 16:10 se le dio la libertad

22 de marzo de 2006, Emmanuel declara a efecto de que se le devuelvan sus pertenencias

18 de septiembre de 2006, el MP ejercita acción penal en contra de Emmanuel y otros por el delito de Portación de objetos aptos para gredir

16 de febrero de 2007 se decretó el auto de sujeción a proceso

Durante las ampliaciones de las declaraciones de los policías que remitieron a Emmanuel, mencionaron que no se acuerdan quién había revisado personalmente a los procesados, ni qué objetos traían, ni de qué forma se trasladaron los objetos al MP.

05 de marzo de 2007 se promueve el amparo contra el acto de sujeción a proceso, el 09 de marzo se niega la suspensión definitiva.

Testigos de descargo declararon que los policías los trataron con abuso a los procesados y que les pusieron las botellas, mantas y bambú entre sus cosas

En los careos ningún policía acepta haber detenido personalmente a Emmanuel y que no recuerdan qué objetos traía

05 de junio de 2007, el juez de Paz penal del DF acordó procedente mandar la incompetencia por declinatoria a un juez federal con base en el Amparo 41/2007

02 de agosto de 2007, el perito en materia de incendios u explosivos determina que sí se trata de Bombas Molotov y el 09 de agosto de 2007 determina que: “los artefactos incendiarios tales como las ‘Bombas Molotov’, […] no se encuentran previstas en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”

23 de octubre de 2007, libran orden de aprehensión contra Emmanuel

15 de noviembre de 2007, se promueve Amparo Indirecto contra dicha orden de aprehensión

02 de enero de 2008, niegan el Amparo Indirecto

16 de enero de 2008, se presenta el recurso de revisión

15 de febrero de 2008, se niega el amparo contra Emmanuel

23 de noviembre de 2009, se ejecuta la orden de aprehensión y se ingresa a Emmanuel Hernández Hernández al Reclusorio Norte.

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