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Deben hacérsele precisiones al Plan para ejercer Ley de Desaparición Forzada: Encinas

Jueves 7 de febrero de 2019, por Acompañamiento

“El utilizar el término genérico de ‘personas desaparecidas y no localizadas’ oculta la responsabilidad del Estado en las desapariciones y le quita su naturaleza específica a la desaparición forzada, es decir, no nombra a la desaparición forzada como lo que es: un crimen de lesa humanidad, y no la coloca en el centro del problema de las desapariciones en México”, aclara.

Deben hacérsele precisiones al Plan para ejercer Ley de Desaparición Forzada: Encinas.

MANUEL MONROY

El Plan de Implementación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas (LGMDFP), hecho por el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas, debe tener precisiones según la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México, instancia conformada por 18 organizaciones de víctimas, de derechos humanos, populares e indígenas.

Luego de que el citado funcionario diera a conocer este miércoles la normatividad, la instancia civil consideró que en lo general, ésta busca responder al reclamo de miles de familiares de víctimas “que año con año exigen respuestas ante la desaparición forzada de un ser querido”.

En un breve análisis, la Campaña destaca que si bien muchas familias volcaron sus expectativas en la aprobación de la Ley General, es un hecho que, a más de un año de su implementación, no se ha logrado ningún avance sustancial en la búsqueda, ni en la presentación con vida de las víctimas de desaparición y mucho menos en el juicio y castigo a los responsables.

“Hemos señalado en reiteradas ocasiones que la Ley General, tal y como fue aprobada por EPN y a un año de su implementación, sigue siendo una simulación, por lo que es necesaria una reforma legislativa para que incluya aspectos importantes que permitan iniciar el verdadero acceso a la verdad, la memoria, la justicia y la reparación integral”, detalla.

Sin embargo, señala que ante la puesta en marcha de este plan de implementación, el objetivo del mismo, que es diseñar con la participación de las familias de las víctimas, las bases generales y procedimientos en los órdenes de gobierno para la búsqueda, localización, e identificación de personas desaparecidas, comete el error de invisibilizar la violación de derechos humanos que significa la desaparición forzada.

“El utilizar el término genérico de ‘personas desaparecidas y no localizadas’ oculta la responsabilidad del Estado en las desapariciones y le quita su naturaleza específica a la desaparición forzada, es decir, no nombra a la desaparición forzada como lo que es: un crimen de lesa humanidad, y no la coloca en el centro del problema de las desapariciones en México”, aclara.

En opinión de los organismos que integran la Campaña, la desaparición forzada no sólo se tipifica como tal cuando participan por comisión agentes del Estado, si no también cuando el Estado, mandata, ordena o da el consentimiento (aquiescencia) para que grupos de particulares cometan las desapariciones.

“En este tenor, la mayoría de las desapariciones que comete la delincuencia organizada, al menos desde el 2006, han sido con el mandato o el consentimiento de diversos gobiernos neoliberales en el ámbito municipal, estatal y federal”, destaca.


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