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Observaciones al Plan para la implementación de la Ley General de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, presentado el 4 de febrero de 2019 por el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador

Martes 5 de febrero de 2019, por Acompañamiento

"Como Campaña Nacional contra la Desaparición forzada hemos señalado en reiteradas ocasiones que la Ley General, tal y como fue aprobada por EPN y a un año de su implementación, sigue siendo una simulación, por lo que es necesaria una reforma legislativa para que incluya aspectos importantes que permitan iniciar el verdadero acceso a la verdad, la memoria, la justicia, la reparación integral y las medidas de no repetición."

Observaciones al Plan para la implementación de la Ley General de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, presentado el 4 de febrero de 2019 por el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México

Ciudad de México a 5 de febrero de 2019

Como Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México (conformada por 18 organizaciones de víctimas, de derechos humanos, populares e indígenas), saludamos la presentación del Plan de Implementación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda (LGMDFP) hecho por el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración Alejandro Encinas ya que, en lo general, busca responder al reclamo de miles de familiares de víctimas que año con año hemos exigido respuestas ante la desaparición forzada de un ser querido.

Si bien muchas familias volcaron sus expectativas en la creación y aprobación de la Ley General, es un hecho que, a más de un año de su implementación, no se ha logrado ningún avance sustancial en la búsqueda, ni en la presentación con vida de las víctimas de desaparición forzada y mucho menos en el juicio y castigo a los responsables.

Como Campaña Nacional contra la Desaparición forzada hemos señalado en reiteradas ocasiones que la Ley General, tal y como fue aprobada por EPN y a un año de su implementación, sigue siendo una simulación, por lo que es necesaria una reforma legislativa para que incluya aspectos importantes que permitan iniciar el verdadero acceso a la verdad, la memoria, la justicia, la reparación integral y las medidas de no repetición.

Por ello, ante la puesta en marcha de este plan de implementación, queremos señalar algunos puntos en lo general y en lo particular que vemos con preocupación.
En lo General:

1.-El objetivo del Plan de implementación que a la letra dice: “Diseñar con la participación de las familias de las víctimas, las bases generales, políticas públicas y procedimientos en los órdenes de gobierno para la búsqueda, localización, e identificación de personas desaparecidas y no localizadas, así como prevenir, investigar y sancionar estos delitos.”, comete el error de anteriores administraciones de invisibilizar la grave violación de derechos humanos que significa la desaparición forzada. El utilizar el término genérico de “personas desaparecidas y no localizadas” oculta la responsabilidad del Estado en las desapariciones y le quita su naturaleza específica a la desaparición forzada, es decir, no nombra a la desaparición forzada como lo que es: un crimen de lesa humanidad, y no la coloca en el centro del problema de las desapariciones en México.

2.- En este sentido, Alejandro Encinas, mencionó en la conferencia de prensa que: “la absoluta mayoría de las desapariciones son cometidas por particulares vinculados a la delincuencia organizada” afirmación que se basa en las mismas estadísticas que elaboró el gobierno de FCH y de EPN, las cuales han sido duramente criticadas por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos por no contar con una metodología científica y por ocultar intencionalmente los casos de desaparición forzada. En este sentido reiteramos que, durante el periodo neoliberal, al menos desde el 2006, el Estado mexicano utilizó la desaparición forzada como una política en contra de la disidencia (165 casos registrados por la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada del 2006 al 2018), como una política en contra de un grupo insurgente (desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez en el 2007) y como política de diciplinamiento y control social, principalmente, en contra de la población pobre, trabajadora y migrante.

3.-Es necesario recordarle al actual gobierno federal que la desaparición forzada no sólo se tipifica como tal cuando participan por comisión directamente agentes del Estado, si no también cuando el Estado, mandata, ordena o da el consentimiento (aquiescencia) para que grupos de particulares cometan las desapariciones. En este tenor, la mayoría de las desapariciones que comete la delincuencia organizada, al menos desde el 2006, han sido con el mandato o el consentimiento de diversos gobiernos neoliberales en el ámbito municipal, estatal y federal.

4.- El diseño del Plan de Implementación, nos dicen, será con la participación de las familias de las víctimas y que no habrá víctimas de primera o de segunda, lo cual vemos como un elemento positivo, sin embargo, hasta la fecha, a pesar que de manera oficial fueron entregadas las peticiones de la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada, la cual incluye la creación de una Comisión de la verdad para las víctimas de desaparición forzada, no ha habido acercamiento ni respuesta alguna de parte del gobierno federal.

En lo particular:

1.- Las “Células de Búsqueda Inmediata”, al menos por lo que se puede apreciar en la presentación, están más pensadas para la actuación en los casos de personas desaparecidas a manos de particulares, que actúan sin el apoyo o la aquiescencia del Estado. Con esto el actual Gobierno podría estar arrastrando las prácticas mal intencionadas del anterior Gobierno encabezado por Enrique Peña Nieto, que se caracterizó por minimizar la participación directa o indirecta de agentes del Estado en las desapariciones.

Por ello consideramos importante: a) se creen células específicas para la actuación inmediata en los casos de desaparición forzada, b) células específicas para la búsqueda permanente de las personas víctimas tanto de desaparición forzada como de desaparición cometida por particulares y c) células específicas para la actuación permanente en los casos de desaparición forzada en contra de personas defensoras de los derechos humanos y luchadores sociales.

2.- La Comisión Nacional de Búsqueda, además de que en el anterior sexenio no se le asignaron los recursos económicos y materiales necesarios, así como tampoco se le asignó el personal suficiente carece, desde su creación, de policías especializados en búsqueda que estén adscritos de tiempo completo para la activación inmediata de la localización de las víctimas.

La actual Comisión es un elefante blanco como muchos otros creados durante las pasadas administraciones. Por ello, consideramos importante que, para acabar con este elefante blanco, se dote del personal especializado necesario, adscrito permanentemente a la CNB y en específico policías especializados quiénes tendrían que actuar como primeros respondientes en todos los casos.

3. Todo plan que pretenda realmente dar con el paradero de las víctimas de desaparición forzada deberá contar con un protocolo específico y diferenciado para casos de esta naturaleza, es decir, deberá elaborarse un protocolo de búsqueda específico para casos de desaparición forzada tanto de décadas pasadas como recientes, así como contar con los mecanismos necesarios para la investigación y sanción correspondiente a los autores materiales, a los superiores jerárquicos y a toda la cadena de mando, bajo la jurisdicción civil.

Este protocolo deberá comprender y acatar los principios y recomendaciones de instancias internacionales y los mandatos judiciales existentes en esta materia como son; búsqueda inmediata en centros de detención policiaca, militar y de la marina, así como de todos aquellos lugares clandestinos de posible detención para determinar la suerte y paradero de las víctimas. Así como realizar las búsquedas de manera inmediata y sin previo aviso en los lugares de posible detención. Actos que hasta la fecha no se realizan en la búsqueda de personas desaparecidas de manera forzada, aun y cuando existen resoluciones y sentencias en este aspecto.
En cuanto al Protocolo Homologado de Investigación de los delitos de desaparición forzada estamos de acuerdo en la necesidad de reformarlo, sin embargo, consideramos importante crear Protocolos específicos para los casos de desaparición forzada en contra de personas defensoras de derechos humanos y luchadores sociales.

4.- Vemos con sumo agrado el que la propuesta hecha por la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México, en relación a la creación del Instituto Nacional Forense esté siendo retomado por el actual Gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador, esta ha sido una exigencia que las organización integrantes de la Campaña hemos hecho desde que entregamos nuestra iniciativa de Ley General en 2015 en la Cámara de Senadores y en 2016 en la Cámara de Diputados, donde establecimos los principios para la creación de un Instituto Nacional Autónomo Forense, no sólo para la identificación de personas fallecidos o restos humanos sin identificar, sino que también para que sirviera para la búsqueda en vida de las víctimas y permitiera la recaudación de evidencia para dar con los posibles responsables de cometer la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, sin embargo, es necesario subrayar que el Instituto Nacional Forense también debe ser Autónomo para que realmente pueda garantizar los procesos de verdad y de justicia.

Es necesario reclasificar y ordenar debidamente los registros y bases de datos de personas víctimas de desaparición forzada, ya que hasta la fecha no se cuenta con un registro confiable de las víctimas y mucho menos un banco de datos de ADN que permita realizar las labores de búsqueda e identificación de manera correcta.
5.- En cuanto al apartado de Justicia y Tipificación del delito, en lo general nos parecen adecuadas las modificaciones propuestas, sin embargo, observamos dos puntos de preocupación en este tema:

a) Las modificaciones a los Artículos 27 y 28 de la LGMDFP, en tanto que la actual redacción, si bien no es tal cual viene en la Convención Internacional en su Art. 2; es lo más apegada a ella; por lo cual consideramos importante se hagan del conocimiento público cuáles serían las reformas a estos dos artículos.
b) En el apartado de beneficios por colaboración eficaz, queremos precisar que estos deben de cumplir con dos cosas:

Primero: No pueden reducirse las penas, principalmente de agentes del Estado o de grupos de personas que actúan con el apoyo o aquiescencia del Estado a tal grado que pueda convertirse en un mecanismo que perpetúe la impunidad. No se debe intentar cambiar verdad por justicia como lo hizo EPN, el Estado tiene la obligación de garantizar todos los derechos de las víctimas.

Segundo: Estos beneficios sólo pueden darse con el pleno conocimiento informado a los allegados de las víctimas o en su caso de las mismas víctimas y de su aceptación para que sean beneficiados los responsables, ya que de otra forma lo único que se estaría haciendo es re victimizar a las propias víctimas, allegados y a la sociedad en su conjunto.

6.- Con suma preocupación, vemos que dentro del Plan no se contempla, cómo será la actuación del actual Gobierno en los casos de los cuales se tienen documentados y denunciadas la participación de las Fuerzas Armadas. Nos parece importante recordar, que en varios casos, tanto en instancias nacionales como en instancias internacionales, se ha evidenciado la participación del Ejército y la Marina en la comisión del delito de desaparición forzada, por esto consideramos importante se deba incluir tanto en los planes de búsqueda, en los protocolos, el SUITI y en la parte de justicia; la importancia de la búsqueda en instalaciones castrenses y que la investigación y sanción será por medio de autoridades civiles, sin que el fuero militar sea un impedimento para garantizar los derechos de verdad y justicia.

Por todo lo anterior, hacemos un atento llamado al Gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador a tomar en cuenta también las diversas voces de familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos, organizaciones indígenas y populares, que agrupados en la Campaña Nacional, buscamos, desde hace 9 años, la presentación con vida de las víctimas de desaparición forzada, el juicio y castigo a los responsables y abonar a la creación de políticas públicas eficaces que terminen con las desapariciones forzadas, ya que han sido uno de los mecanismos que implementó el Estado mexicano para imponer el modelo económico neoliberal en el país.

A los familiares de víctimas de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, les hacemos un atento llamado para lograr impulsar una reforma adecuada a la LGMDFP para contar con una herramienta realmente eficaz que permitan el real acceso a los derechos de memoria, verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición.

Presentación con vida de los luchadores sociales Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, las indígenas triquis Daniela y Virginia Ortiz Ramírez, el defensor de derechos humanos Francisco Paredes Ruiz, el indígena chatino Lauro Juárez, el profesor Carlos Rene Román Salazar, los activistas Teódulfo Torres Soriano, Gabriel Gómez Caña, Fidencio Gómez Sántiz, el antropólogo popular Héctor Jaimes Abarca, los 43 normalistas de Ayotzinapa y las más de 30 mil víctimas de desaparición forzada en México.

¡Porque vivos los llevaron: vivos los queremos!

Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México
Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”, Comité Cerezo México, Comité de Solidaridad y Derechos Humanos Monseñor Romero, Red Nacional en Defensa de los Derechos Humanos, Acción Urgente para Defensores de Derechos Humanos A.C, Comité de Derechos Humanos de la Huasteca y Sierra Oriental (CODHHSO), Comité Independiente de Derechos Humanos de Puebla, Red de Defensa de los Derechos Humanos, Comité de Familiares y Amigos de Secuestrados, Desaparecidos y Asesinados en Guerrero, Taller de Desarrollo Comunitario A.C (TADECO), Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS), Movimiento de Unificación y Lucha Triqui (MULT), Brigada Multidisciplinaria, “Ajusco Radio”, Red de Antropologías Populares del Sur, K’inalAntzetik, A.C. Consejo Supremo Indígena de Michoacán y la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos.

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