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Carta a la Autoridad: Falta de atención médica que se constituye como tortura en contra de Librado Baños Rodríguez

Miércoles 27 de abril de 2016, por Comité Cerezo México

Carta a la Autoridad: Falta de atención médica que se constituye como tortura en contra de Librado Baños Rodríguez

México DF a 27 de abril de 2016

Lic. Enrique Peña Nieto
Presidente de la República
Miguel Ángel Osorio Chong
Secretario de Gobernación
Roberto Campa Cifrián
Subsecretaría de Derechos Humanos de la secretaría de Gobernación:
Gabino Cué Monteagudo
Gobernador del Estado de Oaxaca
Carlos Santiago Carrasco
Secretario de Gobierno del Estado de Oaxaca
Dr. Raúl Plascencia Villanueva
Presidente de la CNDH
Arturo Peimbert Calvo
Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca:
Heriberto Antonio García
Dirección de Reinserción Social de la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca:

El Comité Cerezo México con domicilio, para oír y recibir comunicaciones, ubicado en calle Volcán Kirishima L. 6 Mz. 4, Colonia El Mirador III Secc. Delegación Tlalpan. CP 14449, con número telefónico 55 5655 9465 y correo electrónico: comitecerezo@nodo50.org, la organización Acción Urgente para Defensores de los Derechos Humanos (ACUDDEH. AC) y la Unión Cívica Democrática de Barrios Colonias y Comunidades (UCIDEBACC) solicitan a las autoridades competentes su intervención ante los siguientes hechos:

Antecedentes:

El 25 de agosto de 2013, alrededor de 300 elementos del ejército, la marina, policía estatal e investigadora y municipal allanaron las viviendas de la colonia UCIDEBACC. En esta incursión y allanamiento detuvieron de manera arbitraria al dirigente y defensor de derechos humanos Librado Jacinto Baños Rodríguez de cincuenta años de edad; fue detenido sin presentar orden de cateo o de aprehensión , agentes de la policía estatal ingresan a su domicilio alrededor de las 12:30 am y lo sacan a golpes, también golpean a su hijo de 10 años de edad, Librado Baños es llevado a las instalaciones del 47 Batallón de infantería donde es torturado física y psicológicamente por elementos de la policía estatal; posteriormente es llevado a las instalaciones de la Procuraduría General de la República en San Bartolo Coyotepec, Oaxaca.

Actualmente se encuentra privado de su libertad en el penal de Ixcotel, Oaxaca y procesado en la causa penal No. 84/2013 del Juzgado Octavo de Distrito, por los delitos de Privación ilegal de a la libertad en modalidad de secuestro y posesión de armas de uso exclusivo del ejército.

El 13 de julio de 2015. En documento emitido por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU con número A/HRC/WGAD/2015/19, en la parte de Decisión se establece que:

22 En consonancia con la opinión rendida, el Grupo de Trabajo solicita al Gobierno de México la liberación inmediata del Sr. Baños Rodríguez y el otorgamiento de una adecuada reparación, incluyendo, entre otras cosas, el otorgamiento de compensación y el brindarle el tratamiento médico necesario.
23. El Grupo de Trabajo solicita al Gobierno adoptar las acciones que considere necesarias para atender las preocupaciones motivadas por el deterioro del estado de salud del Sr. Baños Rodríguez y continuar proveyéndole dela asistencia médica necesaria aun después de su liberación. [1]

Cabe resaltar que aún necesita cuidados médicos adecuados para evitar la pérdida total de la visión [2], es de remarcar que Librado Baños ya ha perdido la visión del ojo izquierdo por negligencia médica de las autoridades del centro penitenciario de Ixcotel y la omisión de las autoridades competentes, así mismo Librado Baños ya fue operado de su ojo derecho, pero hasta la fecha no ha habido una adecuada atención médica

El 01 de septiembre de 2015, debido a la negligencia médica y la agresión contra Librado por autoridades penitenciarias que se constituyen como tortura, la organización de Derechos Humanos Comité Cerezo México emite la Acción Urgente AU-03-OAX—01septiembre2015 con título: Tratos crueles e inhumanos y probable tortura contra LIBRADO BAÑOS RODRÍGUEZ preso por motivos políticos y amenazas de muerte a EVA LUCERO RIVERO ORTÍZ

Hechos:

El 16 de abril de 2016 Librado Baños manifiesta molestias en su ojo derecho, refiere dolor, visión borrosa casi nula en la mañana y conforme pasa el día va mejorando, acudió a la enfermería del penal y como sólo hay médico general no hicieron nada.

El 19 de abril de 2016 la familiar Eva Lucero Rivero solicita a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca que un visitador acudiera a visitar a Librado Baños y tomara su queja por negligencia médica, se realiza la visita.

El 21 de abril de 2016 en el área de enfermería un sujeto que dijo ser el encargado del área Jurídica nos manifestó textualmente frente al visitador de la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) que de acuerdo al reglamento ellos como institución no están obligados a brindar atención medica de segundo nivel, solo de primer nivel con su médico general y que no cuentan con más medicamentos que el cuadro básico que por lo tanto si requeríamos de especialistas que nosotros lo buscáramos de manera particular y absorbiéramos los gastos que ello generara.

El 23 de abril de 2016 la DDHPO envía un oficio solicitando la atención médica especializada urgente para Librado Baños; según el Defensor Especializado que atendió comunica que vía telefónica el área jurídica de la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) le manifestó que no pueden proporcionar tal atención, la familiar Eva Lucero Rivero solicitó al Defensor Especializado que requería por escrito dicha respuesta para que en el cuaderno de antecedentes de la DDHPO quedase asentada la posición de la SSPO.

El 25 de abril de 2016 Librado Baños manifiesta que por la tarde fue llevado prácticamente a la fuerza al área médica del Penal por dos celadores, debido a su falta de visión no reconoció que eran celadores, a lo qué Librado Baños manifestó que no podía salir de su celda pues no veía nada, que él iría más tarde, los celadores lo tomaron y lo llevaron sin cuidado alguno lo que ocasionó que Librado Baños se golpeara con una de las rejas que encontró a su paso pues pudo distinguir que dicha reja estaba entrecerrada, lo llevaron al área médica, donde el médico del penal lo revisó y redactó un documento sin informarle ni leerle el contenido, también le pusieron unas gotas sin informar qué gotas eran.

El 26 de abril de 2016 la DDHPO informó al familiar Eva Lucero Rivero que el Director de Reinserción Social de la SSPO, Dr. Heriberto Antonio García informó que enviarían un especialista para atender a Librado Baños

A las 11:30 am aproximadamente llego un médico a atender a Librado Baños, en presencia de la familiar Eva Lucero Rivero le dijo el Doctor que le tomaría la presión intraocular y revisó con una lámpara su ojo derecho, dijo que efectivamente Librado debería ser atendido urgentemente por especialistas oftalmólogos y retinólogo, pues se veía un derrame intraocular y presión intraocular muy elevada, el Doctor aclaro que él no era especialista, que era médico General con algunos cursos en oftalmología y que lo habían enviado de la coordinación medica de la SSPO.

En ese momento una trabajadora social y la subdirectora del penal manifestaron que habían tramitado una cita médica en el Hospital Civil para Librado Baños para el 2 de mayo.

Exigencias:

Subsecretaría de Derechos Humanos de la secretaría de Gobernación:
En vista de que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU ha emitido una opinión con número A/HRC/WGAD/2015/19, dónde en la parte de Decisión se establece que:

22 En consonancia con la opinión rendida, el Grupo de Trabajo solicita al Gobierno de México la liberación inmediata del Sr. Baños Rodríguez y el otorgamiento de una adecuada reparación, incluyendo, entre otras cosas, el otorgamiento de compensación y el brindarle el tratamiento médico necesario.

Solicitamos a esta Subsecretaría realice las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento a esta opinión.

Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca:

Qué solicite un informe médico de la situación real de la salud de Librado Baños y que con las quejas levantadas por el caso, emita una recomendación a las autoridades pertinentes por la negligencia médica que provocó la pérdida de visión del ojo izquierdo y la falta de atención para salvar la visión del ojo derecho de Librado Baños;

Que haga las gestiones necesarias para que las autoridades competentes asuman los gastos derivados de la atención médica especializada para salvar la visión del ojo derecho de Librado Baños

Dirección de Reinserción Social de la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca:

Qué haga público el informe médico de la salud de Librado Baños y que de manera inmediata atienda las necesidades médicas para salvarle la visión a Librado Baños, permitiendo la atención médica especializada y los tratos adecuados dentro del penal para el restablecimiento de la visión del ojo derecho de Librado Baños.

Por las organizaciones
Francisco Cerezo Contreras
Comité Cerezo México

Ccp. Comisión Nacional de Derechos Humanos
Ccp. Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Ccp. Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias de la ONU
Ccp. Oficina en México del Alto comisionado de DH de la ONU
Ccp. Front Line Defenders
Ccp. Organización Mundial Contra la Tortura
Ccp. Amnistía Internacional México

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