Portada del sitio > Área de Acompañamiento > Casos y Procesos > 2015-2017 UCIDEBACC > México: Denegación del acceso a tratamiento médico, malos tratos y (…)

México: Denegación del acceso a tratamiento médico, malos tratos y hostigamiento judicial en contra de Librado Jacinto Baños Rodríguez

Viernes 6 de mayo de 2016, por Comité Cerezo México

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

MEX 005 / 0516 / OBS 039
Detención arbitraria / Malos Tratos /
Denegación de acceso a tratamiento médico
Hostigamiento judicial
México

6 de mayo de 2016

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre la denegación del acceso a tratamiento médico a pesar de la gravedad de su estado de salud, y de los malos tratos y el hostigamiento judicial en contra del Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez, defensor de derechos humano, asesor comunitario y abogado, así como fundador de la Unión Cívica Democrática de Barrios Colonias y Comunidades (UCIDEBACC) en Pinotepa Nacional, Oaxaca.

Librado Jacinto Baños Rodríguez fue detenido de manera ilegal y arbitraria el 25 de agosto del 2013, cuando un operativo mixto de policías, ejercito y marina entró a su domicilio sin orden de cateo ni de aprensión. Los elementos registraron el domicilio, sustrajeron objetos de valor de la familia y se llevaron al defensor con importantes niveles de violencia en contra suya y de su hijo menor de edad. Su detención y procesamiento parecen estar motivados por su activa defensa de los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes en la región, particularmente sus derechos a la educación, la salud, la alimentación y la vivienda. El Sr. Baños se enfrenta a cargos por la supuesta comisión de los delitos de uso indebido de insignias y siglas de uso reservado para una corporación policial, privación ilegal de libertad en modalidad de secuestro y posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. A partir de su detención, las irregularidades procesales han sido constantes. La etapa de instrucción del proceso judicial que se encuentra en el Juzgado 8º Federal de Distrito con sede en la Ciudad de Oaxaca de Juárez está por cerrarse. El defensor sigue detenido en el Penal de Santa María Ixcotel del Estado de Oaxaca. . Es importante destacar que dicha detención fue declarada como arbitraria en la Opinión 19/2015 de 13 de Julio de 2015 del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria.

Según la información recibida, el Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez ha experimentado un grave deterioro de su salud y la casi pérdida de la vista ante la negativa de las autoridades de Oaxaca de garantizar su derecho a acceder a tratamiento médico adecuado. La situación actual es producto directo de varias violaciones de derechos humanos en su contra por parte de funcionarios del Penal de Santa María Ixcotel en junio de 2015. Cuando el Sr. Baños Rodríguez fue operado de su ojo derecho el 26 de junio de 2015, fue golpeado por los guardias del penal, fue sometido a aislamiento y le fue denegado el tratamiento médico que necesitaban sus ojos para que la operación cumpliera su función de detener la pérdida de visión. Gracias al apoyo del médico particular, se le aplicó la inyección intraocular necesaria y se recetaron los medicamentos para detener el deterioro y por consiguiente la pérdida de visión. Sin embargo, pese a que los medicamentos se entregaron a las autoridades del centro penitenciario éstos no fueron entregados al defensor hasta después de la intervención del organismo autónomo, Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) lo cual nos habla de la clara negligencia de éstas autoridades.

El Observatorio muestra su preocupación por la inaceptable falta de actuación por parte de las autoridades de Oaxaca que, en un cúmulo de despropósitos, no sólo va en contra de los estándares internacionales en materia de condiciones de reclusión de personas privadas de libertad[1], sino también de la propia legislación mexicana, en contra de medidas de protección dictadas por instancias estatales y de decisiones judiciales en México, y en contra de la Opinión 19/2015 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU que, aparte de requerir su liberación, impuso a las autoridades mexicanas la atención inmediata de la salud del Sr. Baños Rodríguez.

El Articulo 30 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas de Libertad para el Estado de Oaxaca dispone que “… el servicio médico deberá ocuparse del estudio, tratamiento y control de los reclusos”, incluyendo tratamiento médico-quirúrgico y tratamiento dental”.

Además, el defensor cuenta con una Medida Cautelar emitida desde el año pasado por la DDHPO que no está siendo implementada dado que el Gobierno del Estado de Oaxaca, a través de su representación en la Coordinación para la Atención de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, no ha cumplido los compromisos adquiridos en las mesas de seguimiento. Ante la grave situacion de salud, la DDHPO volvió a solicitar el pasado 30 de abril de 2016 “que el defensor sea ingresado a un hospital hasta que se recupere del padecimiento que le aqueja”, a lo cual las autoridades de Oaxaca reaccionaron alegando por enésima vez que la petición debería dirigirse al juez.

Sin embargo, esta falta de actuación por parte del Estado de Oaxaca también va en contra de lo dictado por el propio sistema de justicia mexicana puesto que el Juez Octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca mediante auto de fecha 18 de agosto del 2015 notificó al estado que “…por lo que hace a su integridad fisica y mental el salvaguardo de dicha circunstancia corresponde a la autoridad penitenciaria del centro donde se encuntra recluido”.

El Observatorio muestra su preocupación por la existencia de un patrón de detenciones arbitrarias contra personas defensoras de derechos humanos en represalia por su labor, y de no implementación de las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria, cuando éste emite su Opinión. Este patrón se ha repetido en hasta cinco ocasiones[2] en el lapso de un año y afecta a otros 4 defensores y defensoras: Damián Gallardo Martínez[3], Pedro Celestino Canché Herrera, Enrique Guerrero Aviña y Nestora Salgado García.

El Observatorio condena de forma enérgica la denegación del tratamiento médico que el Sr. Librado Baños Rodríguez necesita, y hace un llamamiento a las autoridades mexicanas para que estos hechos no queden impunes y para que de forma inmediata garanticen su tratamiento médico y pongan fin a su detención arbitraria.

Antecedentes

Según la misma información, las violaciones a los derechos humanos del Sr. Librado Baños Rodriguez no se limitan únicamente a la denegación de su derecho a acceder a tratamiento médico adecuado, sino que ha sido confinado a áreas de aislamiento en el interior del penal a través de procedimientos administrativos arbitrarios que justificaban el aislamiento, a condiciones insalubres, y a tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de los custodios e incluso servidores públicos de la dirección de reinserción social. Pese a que existen amparos ganados, resoluciones del juez de la causa y averiguaciones previas contra estos servidores públicos, ninguna persona ha sido detenida por el momento como responsable de dichos hechos.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:

i. Garantizar de forma inmediata el acceso del Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez a tratamiento médico y a hospitalización hasta que su salud se estabilice, así como tomar todas las medidas necesarias para garantizar su integridad física y psicológica, y en general la de todos los defensores de derechos humanos en México;
ii. Liberar de forma inmediata al Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez y poner fin a todo tipo de hostigamiento judicial en su contra, así como en contra;
iii. Respetar todas las recomendaciones de la Opinión 19/2016 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU incluyendo las medidas para la reparación de las injusticias cometidas en contra del Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez;
iv. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley, incluyendo el cese de sus cargos de los funcionarios y responsables políticos responsables de las negligencias;
v. Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento y amenazas en contra del Sr. Baños y, en general, en contra de todos los defensores de derechos humanos en México;
vi. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

  • Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”
  • Artículo 5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente”
  • Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;
    vii. De manera general, y garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

Direcciones:

· Sr. Presidente Enrique Peña Nieto, Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. FAX: (+52) 55 5093 4901; E-mail: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx
· Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación (Ministro del Interior) Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX + (+52) 55 5093 34 14 E-mail: secretario@segob.gob.mx
· Lic. Arely Gómez González, Procurador General de la República, Av. Paseo de la Reforma 211-213, Col. Cuauhtémoc Distrito Federal, México. E-mail: arely.gomez@pgr.gob.mx
· Sr. Roberto Campa Cifrián, Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México. Fax: (+52) 55 5728 7400 Ext. 24586. E-mail: rcampa@segob.gob.mx
· Dr. Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040. Fax: (+52) 55 36 68 07 67. E-mail: correo@cndh.org.mx
· Sr. Lic. Gabino Cué Monteagudo, Gobernador del Estado de Oaxaca. Palacio de Gobierno (Planta Alta), Plaza de la Constitución, Centro Oaxaca de Juárez, Oaxaca, CP 68000, México. Email: gobernador@oaxaca.gob.mx
· Lic. Héctor Joaquín Carrillo Ruiz, Fiscal General del Estado de Oaxaca, Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial Gral. Porfirio Díaz, Soldado de la Patria, Edificio Jesús Chu Rasgado, nivel 2, Reyes Mantecón, 71257 Oaxaca, Mexico. E-mail: oaxacapgje@gmail.com
· Lic. Arturo Peimbert Calvo, Defensor de Los Derechos Humanos Del Pueblo De Oaxaca, Calle de los Derechos Humanos No. 210. Col. América. C. P. 68050. Oaxaca, Oaxaca, México. E-mail : defensoria@derechoshumanosoaxaca.org, quejas@derechoshumanosoaxaca.org, visitaduria@derechoshumanosoaxaca.org.


Ver en línea : México: Denegación del acceso a tratamiento médico, malos tratos y hostigamiento judicial en contra de Librado Jacinto Baños Rodríguez

¿Un mensaje, un comentario?

¿Quién es usted?
Añada aquí su comentario

Este formulario acepta los atajos de SPIP, [->url] {{negrita}} {cursiva} <quote> <code> y el código HTML. Para crear párrafos, deje simplemente una línea vacía entre ellos.